Ius: voz latina que dieron los romanos al Derecho en sentido objetivo y subjetivo.
Se clasifica en objetivo y subjetivo, siendo sus definiciones las siguientes:
El derecho objetivo: según Celso puede definirse como "ars boni et aequi", el "arte de lo bueno y lo equitativo", definición que no señala la diferencia entre derecho y moral.
El derecho subjetivo, se puede definir como la facultad que tiene un individuo, derivada de la norma del derecho objetivo, de exigir a otro cierta conducta.
Tria iuris preacepta: (los tres preceptos del Derecho Romano)
Honeste vivere: vivir honestamente
Alterum non laedere: no dañar al otro.
Summ cuique tribuere: dar a cada cual lo suyo.
Aequitas: rectificación de la justicia rigurosamente legal-igualdad.
Fas: normas religiosas
Ius divinum: es el derecho revelado por los dioses, que regula las relaciones de los hombres con la divinidad.
Iustitia: Justicia
Constans et perpetua voluntas ius summ cuique tribuendi: constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo.
Iurisprudencia: jurisprudencia
Est divinarum atque humanarum rerum notitia, iusti atque iniusti scientia: es el conocimiento de las cosas divinas y humanas, y la ciencia de justo y lo injusto.
Ius publicum: derecho público
Ad statum rei romanae spectat: al Estado de la cosa romana.
Ius privatum ad singularum utilitatem pertinet: derecho privado el que concierne a la utilidad de cada individuo.
Ius naturale: Derecho Natural-según Ulpiano-
Quod natura omnia animalia docuit: lo que la naturaleza enseña a todos los animales.
Ius honorarium: el derecho de los magistrados.
Ius scriptum: Derecho escrito.
Ius non scriptum: Derecho no escrito.
Ius Commune: Derecho común.
Ius singulare: Derecho singular.
Sui Iuris: el sujeto autónomo de cualquier potestad familiar, que gozaba de plena capacidad jurídica. También denominado pater-familias.
Alieni Iuris: sometida al poder familiar.
Status familiae: era la situación en que se encontraba un hombre libre y ciudadano, con relación a una determinada familia (sui iuris), y se encontraba reducida si era alieni iuris.
Derecho del pater familia: tenía el goce completo de todos los Derechos públicos y privados. Era titular de cuatro potestades clásicas:
1. patria potestas: poder del paterfamilias, sobre los hijos y sobre todas las personas agregadas al grupo familiar.
2. dominica potestas: poder sobre los esclavos.
3. manusmaritalis: potestad sobre la esposa.
4. mancipium: potestad sobre el hombre libre entregado en noxas, sea por los delitos cometidos, o el pago de obligaciones.
Se clasifica en objetivo y subjetivo, siendo sus definiciones las siguientes:
El derecho objetivo: según Celso puede definirse como "ars boni et aequi", el "arte de lo bueno y lo equitativo", definición que no señala la diferencia entre derecho y moral.
El derecho subjetivo, se puede definir como la facultad que tiene un individuo, derivada de la norma del derecho objetivo, de exigir a otro cierta conducta.
Tria iuris preacepta: (los tres preceptos del Derecho Romano)
Honeste vivere: vivir honestamente
Alterum non laedere: no dañar al otro.
Summ cuique tribuere: dar a cada cual lo suyo.
Aequitas: rectificación de la justicia rigurosamente legal-igualdad.
Fas: normas religiosas
Ius divinum: es el derecho revelado por los dioses, que regula las relaciones de los hombres con la divinidad.
Iustitia: Justicia
Constans et perpetua voluntas ius summ cuique tribuendi: constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo.
Iurisprudencia: jurisprudencia
Est divinarum atque humanarum rerum notitia, iusti atque iniusti scientia: es el conocimiento de las cosas divinas y humanas, y la ciencia de justo y lo injusto.
Ius publicum: derecho público
Ad statum rei romanae spectat: al Estado de la cosa romana.
Ius privatum ad singularum utilitatem pertinet: derecho privado el que concierne a la utilidad de cada individuo.
Ius naturale: Derecho Natural-según Ulpiano-
Quod natura omnia animalia docuit: lo que la naturaleza enseña a todos los animales.
Ius honorarium: el derecho de los magistrados.
Ius scriptum: Derecho escrito.
Ius non scriptum: Derecho no escrito.
Ius Commune: Derecho común.
Ius singulare: Derecho singular.
Sui Iuris: el sujeto autónomo de cualquier potestad familiar, que gozaba de plena capacidad jurídica. También denominado pater-familias.
Alieni Iuris: sometida al poder familiar.
Status familiae: era la situación en que se encontraba un hombre libre y ciudadano, con relación a una determinada familia (sui iuris), y se encontraba reducida si era alieni iuris.
Derecho del pater familia: tenía el goce completo de todos los Derechos públicos y privados. Era titular de cuatro potestades clásicas:
1. patria potestas: poder del paterfamilias, sobre los hijos y sobre todas las personas agregadas al grupo familiar.
2. dominica potestas: poder sobre los esclavos.
3. manusmaritalis: potestad sobre la esposa.
4. mancipium: potestad sobre el hombre libre entregado en noxas, sea por los delitos cometidos, o el pago de obligaciones.
5. Dominium: señorio sobre todas las cosas
sumamente interesante!
ResponderEliminarGracias, es un aporte que nos beneficia como estudiantes.
ResponderEliminarEste tipo de paginas es bueno para los que estudiamos derecho en linea o a distancia gracias.
ResponderEliminarEXCELENTE APORTACIÓN A ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO..YA LO IMPRIMI, ESPERO APREDNDER LOS TERMINOS PRONTO.
ResponderEliminarquisiera saber cual es el significado de la palabra CORPUS JURIS AVILES
ResponderEliminarEl Corpus iuris civilis (Cuerpo de Derecho civil) es la más importante recopilación de Derecho romano de la historia. Fue realizada entre 529 y 534 por orden del emperador bizantino Justiniano I (527–565) y dirigida por el jurista Triboniano. Su denominación proviene de la edición completa de las obras que la componen publicada por Dionisio Godofredo en Ginebra en el año 1583.
EliminarEl Corpus iuris civilis es una recopilación de constituciones imperiales y jurisprudencia romanas desde 117 hasta 565 compuesta por el Codex repetitae praelectionis, la Digesta sive pandectae, las Institutas y las Novellae constitutiones.
Machicado, Jorge, Corpus iuris civilis, 2007
Gracias a la existencia de esta colección, se ha podido conocer el contenido del antiguo derecho romano, siendo fundamental para los sistemas jurídicos modernos, especialmente de tradición continental.
gracias
ResponderEliminar